31 Agosto 2026
Actualización de la base mínima retributiva para el acceso a la cobertura de salud
Osprera informa que, de acuerdo con la Resolución
N.° 232/2026 de ANSES, se modificó la base mínima retributiva para el acceso a
la cobertura de salud, estableciéndose una remuneración mínima de $282.760,84,
vigente para el período fiscal agosto de 2026.
¿Qué deben hacer los empleadores?
En los casos en que existan uno o más trabajadores
jornalizados cuya remuneración bruta sea inferior a $282.760,84, el empleador
podrá garantizar el acceso a la cobertura de salud mediante la presentación
mensual de la Declaración Jurada de la Seguridad Social – Formulario F.931.
Para ello, deberá consignar en los campos
Remuneración 4 y Remuneración 8 de cada CUIL alcanzado el importe de
$282.760,84, independientemente de la remuneración efectivamente devengada, sin
necesidad de realizar cálculos adicionales.
Asimismo, se recuerda que para el personal
permanente que realiza tareas agrarias continúa vigente la Disposición N.°
643/2026 de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo
(DNRRyRT), de fecha 26 de mayo de 2026, y sus actualizaciones.
Ante cualquier consulta, los
empleadores pueden comunicarse con la Delegación Provincial correspondiente o
con el área de Recaudaciones de OSPRERA.
Superintendencia de Servicios de Salud