Empadronamiento de pacientes para el tratamiento de diabetes

Ahora es más simple tramitar tu medicación e insumos


De acuerdo a la actualización de la Ley Nº 23.753 de Diabetes, los beneficiarios empadronados con Diabetes Tipo I, Tipo II y Gestacional contarán con cobertura especial en medicamentos e insumos necesarios para su tratamiento.

Para ello será necesario presentar en la boca de expendio, agencia o delegación más cercana, la documentación requerida a continuación:


BENEFICIARIOS QUE INICIEN O MODIFIQUEN EL TRATAMIENTO:

  1. Formulario ANEXO II (puede descargarse aquí o solicitarse en la sede de la obra social),para ser completado por el profesional tratante.
  2. Estudios de laboratorio actualizados que respalden el diagnóstico.
  3. Receta en la que el profesional tratante indique la medición/insumos que se detallan en el formulario.

Una vez autorizado el tratamiento por la obra social, deberá presentar mensualmente la receta vía WhatsApp al teléfono +54 9 11 2191 5438 o al mail diabetes@osprera.org.ar


A través de estos medios nos contactaremos para informarle el lugar y fecha de entrega de la medicación y/o insumos.


BENEFICIARIOS YA EMPADRONADOS:

A partir del 1º de julio, para tramitar la continuidad de su tratamiento deberá presentar mensualmente la receta vía WhatsApp al teléfono +54 9 11 2191 5438 o al mail diabetes@osprera.org.ar


A través de estos medios nos contactaremos para informarle el lugar y fecha de entrega de la medicación y/o insumos.