Empadronamiento Diabetes
Empadronamiento de pacientes para el tratamiento de diabetes
Ahora es más simple tramitar tu medicación e insumos
De acuerdo a la actualización de la Ley Nº 23.753 de Diabetes, los beneficiarios empadronados con Diabetes Tipo I, Tipo II y Gestacional contarán con cobertura especial en medicamentos e insumos necesarios para su tratamiento.
Para ello será necesario presentar en la boca de expendio, agencia o delegación más cercana, la documentación requerida a continuación:
BENEFICIARIOS QUE INICIEN O MODIFIQUEN EL TRATAMIENTO:
- Formulario ANEXO II (puede descargarse aquí o solicitarse en la sede de la obra social),para ser completado por el profesional tratante.
- Estudios de laboratorio actualizados que respalden el diagnóstico.
- Receta en la que el profesional tratante indique la medición/insumos que se detallan en el formulario.
Una vez autorizado el tratamiento por la obra social, deberá presentar mensualmente la receta vía WhatsApp al teléfono +54 9 11 2191 5438 o al mail diabetes@osprera.org.ar
A través de estos medios nos contactaremos para informarle el lugar y fecha de entrega de la medicación y/o insumos.
BENEFICIARIOS YA EMPADRONADOS:
A partir del 1º de julio, para tramitar la continuidad de su tratamiento deberá presentar mensualmente la receta vía WhatsApp al teléfono +54 9 11 2191 5438 o al mail diabetes@osprera.org.ar
A través de estos medios nos contactaremos para informarle el lugar y fecha de entrega de la medicación y/o insumos.