Empadronamiento Diabetes
Empadronamiento de pacientes para el tratamiento de diabetes
Ahora es más simple tramitar tu medicación e insumos
De acuerdo a la actualización de la Ley Nº 23.753 de Diabetes, los beneficiarios empadronados con Diabetes Tipo I, Tipo II y Gestacional contarán con cobertura especial en medicamentos e insumos necesarios para su tratamiento.
Para ello será necesario presentar en la boca de expendio, agencia o delegación más cercana, la documentación requerida a continuación:
BENEFICIARIOS QUE INICIEN O MODIFIQUEN EL TRATAMIENTO:
- Formulario ANEXO II (puede descargarse aquí o solicitarse en la sede de la obra social),para ser completado por el profesional tratante.
- Estudios médicos que respalden el diagnóstico.
- Receta en la que el profesional tratante indique la medición/insumos que se detallan en el formulario.
Una vez que el empadronamiento está en estado VIGENTE, el beneficiario debe concurrir a la farmacia de la red más cercana o conveniente, con la receta prescripta por su médico tratante.
Importante: la prescripción debe ser trimestral y debe coincidir con lo cargado en el empadronamiento Se recuerda que es de vital importancia mantener actualizado el empadronamiento, cuya vigencia es de un año o hasta que se produzca un cambio en el tratamiento. Toda modificación o actualización se debe acompañar de un nuevo Formulario de Anexo II.
